Es importante recordar que el seguro de mercancías en el transporte marítimo tiene como objeto indemnizar al asegurado por los daños que puedan sufrir las mercancías.
Por ley, todas las líneas navieras están en la responsabilidad de ofrecer un seguro de mercancías, sin embargo, estas suelen ser limitadas, por lo que es de suma importancia contar con una póliza adicional que garantice una cobertura completa de la carga.
Con respecto a este tipo de seguros, las empresas aseguradoras se rigen bajo las clausulas estipuladas por el Institud Cargo Clauses (ICC), donde las coberturas se clasifican en diferentes niveles en función a su alcance, siendo la A la que tiene mayor capacidad.
ESTAS SE CLASIFICAN EN:
- ICC “Nivel A” o seguro a todo riesgo
Esta es la cobertura con mayor alcance que se puede contratar. Protege gran parte de los factores externos, daños o perdidas físicas, pero no abarca: daños por mala distribución, colocación o deficiencia de embalaje, así como también rechazo de aduana o abandonos de la carga.
- ICC “Nivel B”
Este tiene una cobertura ante incendios, naufragios, avería gruesa, pero no cubre derrames, perdidas naturales, defectos o deficiencias en el embalaje, demoras ni factores políticos/sociales como huelgas.
- ICC “Nivel C”
La cobertura de este último, cubre los mismos riesgos que la cobertura de tipo B como: incendios, naufragios, colisión, pero no se hace responsable de daños ocasionados por la entrada de agua a las bodegas.
Una vez seleccionada tu cobertura, es importante conocer cómo activar tu póliza ante algún tipo de accidente con tu carga:
¿CÓMO ACTIVO MI SEGURO DE MERCANCIAS?
Lo primero que debes tener en cuenta es que este no se activa de forma automática al ocurrir algún siniestro, por lo que el primer paso a tomar es dar aviso inmediato a tu empresa aseguradora para poder activarlo, posteriormente debes seguir las instrucciones de tu ejecutivo, ya que cualquier acción realizada fuera de termino no corresponderá al procedimiento.
¿CÚAL ES LA DOCUMENTACION MÍNIMA QUE SE DEBE PRESENTAR?
Por lo general se solicita la presentación de los siguientes recaudos:
- Póliza de seguir.
- Carta de reclamación.
- Factura comercial.
- Copia de los documentos de transporte.
- Fotografías de la carga dañada.
En el caso de que la mercancía haya sido del tipo perecedero, se debe incluir:
- Carta de frio.
- Reporte de pre-embarque.
- Packing-list valorizado y firmado por clientes.
Por último, como recomendación, es importante considerar que, para que el seguro pueda entrar en acción se debe notificar de forma inmediata o dentro de los primeros 3 días después de ocurrido el accidente.